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La Cámara Nacional del Trabajo dictó una medida cautelar que suspende la reforma laboral del DNU de Milei

La decisión fue tomada este miércoles por los jueves Andrea García Vior y Alejandro Sudera. El fallo indica la suspensión de la “aplicabilidad de lo dispuesto en el Título IV TRABAJO del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/2023″.

La Cámara del Trabajo le puso un freno al DNU de Milei

La Cámara Nacional del Trabajo dictó este miércoles la primera medida cautelar contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 emitido hace días por el Presidente de la Nación, Javier Milei.

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En su dictamen, los jueces José Alejandro Sudera y Andrea E. García Vior, con la oposición de su par María Dora González, decidieron en el marco del expediente inaugurado por una presentación de la CGT: “Díctase una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Título IV Trabajo del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados“.

Originalmente, el pedido de la CGT había sido rechazado porque en el momento del ser presentado, el DNU todavía no estaba vigente. Sin embargo, luego de que se habilitara la feria judicial para el tratamiento de esta solicitud, los jueces tuvieron en cuenta la demanda.

Es un hecho público y notorio que el de los trabajadores es un sector socialmente vulnerable y que se encuentran en juego derechos de naturaleza alimentaria -per se o por sus derivaciones-, no tengo dudas de que se encuentran configuradas las circunstancias graves y objetivamente impostergables que justifican el dictado de una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV TRABAJO del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados (arg. art. 5° segundo párrafo de la ley 26854)”, indica el fallo.

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