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Quiénes volverán a tributar Ganancias y cuánto se descontará de su salario

Solo queda aguardar la aprobación por parte del Senado de la ley, la cual ya cuenta con media sanción de Diputados. Con la reintegración del impuesto sobre los salarios, cerca de un millón de personas volverán a tributar a partir de una remuneración bruta mensual de $1,800,000.

Diputados aprobó la restitución del impuesto a las Ganancias

Si el Senado convierte en ley la reintegración del impuesto a las Ganancias sobre los salarios, casi un millón de personas volverá a tributar. El martes, el proyecto obtuvo media sanción en Diputados.

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Si el proyecto del Gobierno es aprobado en el Senado, los empleados pagarán el impuesto a las ganancias a partir de una remuneración bruta mensual de $1,800,000 (equivalente a un salario neto de $1,494,000) si no aplican deducciones por cónyuge, hijos o determinados gastos que puedan descontarse del ingreso para calcular el tributo.

Lo que pagará cada categoría

Un caso ilustrativo sería el de un trabajador asalariado con un salario bruto de $3.200.000 mensuales, sin deducciones por cónyuge, hijos o gastos adicionales como alquiler o servicio doméstico, quien tendría que pagar un impuesto mensual de $247.564,83.

En el caso de una persona con el mismo ingreso y estado civil soltero, pero que reclama deducciones por dos hijos menores de 18 años, el monto mensual sería de $189.796,73.

Entonces, en el primer caso, el impuesto representaría el 7,7% del salario bruto, mientras que en el segundo sería el 5,9%. Si el trabajador está casado y tiene dos hijos menores a su cargo, el pago por Ganancias sería de $133.999,98, equivalente al 4,2% de su salario bruto.

Si un individuo soltero y sin hijos tiene un salario bruto de $5.100.000, el descuento mensual por concepto de Ganancias ascendería a $821.050. Por otro lado, si un empleado soltero con el mismo ingreso opta por deducir a dos hijos, el impuesto sería de 735.408,07 pesos.

En tales casos, el impuesto equivaldría al 16,1% y al 14,4% de la remuneración bruta, respectivamente. En el caso de un empleado casado con dos hijos menores a su cargo, el pago por Ganancias sería de $659.999,97, representando el 12,9% de su salario bruto.

Para un empleado soltero con dos hijos menores de 18 años a su cargo, el salario bruto mínimo sujeto al impuesto sería de $2.100.000, lo que equivale a un sueldo neto de 1.781.277,39 pesos. Por otro lado, un empleado casado con dos hijos menores a su cargo estaría eximido del pago del impuesto si su salario bruto es inferior a $2.400.000, es decir, un sueldo neto de 2.081.277,39 pesos.

Escalas y deducciones

Las escalas de alícuotas, según lo indicado en el borrador, serán más progresivas y abarcarán un rango de entre el 5% y el 35%. La tasa máxima comenzará a aplicarse a partir de un ingreso de $36.450.000 en adelante.

Los tramos de las escalas muestran un incremento que va desde un 32,07% hasta un 150,73% en comparación con el proyecto de Ley presentado por el Gobierno al Congreso en enero pasado.

Además, según el proyecto, las deducciones personales y los tramos de las escalas del impuesto se ajustarán anualmente según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), elaborado por el Indec, comparando octubre del año anterior con octubre del año precedente.

Las deducciones personales experimentarán un aumento que oscilará entre un 183,75% y un 186,65%, mientras que no habrá modificaciones en la deducción especial para ciertos jubilados y pensionados, la cual permanecerá en 8 haberes mínimos garantizados.

El nuevo proyecto implica la eliminación de varias deducciones, como las relacionadas con gastos de movilidad, viáticos y otras compensaciones, así como los pagos por material didáctico a docentes, entre otras. Además, se deroga el aumento del 22% en las deducciones personales para empleados y jubilados que viven en la zona patagónica.

Por otro lado, se eliminan exenciones para el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo), la diferencia entre el valor de horas extras y las horas trabajadas en días feriados, inhábiles y fines de semana, así como ciertos suplementos para personal militar y guardias obligatorias y horas extras de profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo en sistemas de salud.

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