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¿Cuáles son los cambios en el monotributo aprobados dentro de la Ley Bases?

Antes de concluir la sesión de este martes, la Cámara de Diputados otorgó media sanción a las reformas relacionadas con el Monotributo.

Las modificaciones al monotributo que fueron aprobadas en la Cámara de Diputados

En la sesión del martes 30 en la Cámara de Diputados, se aprobó la media sanción de las reformas sobre el Monotributo, que incluyen un aumento de hasta un 300% en los límites anuales de facturación y modificaciones en las cuotas mensuales.

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La reforma propuso la incorporación de tres categorías adicionales para aquellos que brindan servicios dentro del régimen simplificado de pequeños contribuyentes. Hasta ahora, el límite para este sector es la categoría H y podrán ascender hasta la K, la máxima del esquema, aunque la cuota mensual será más elevada que la de aquellos que venden productos.

La modificación aprobada en Diputados busca que la categoría A, la más baja, aumente su límite de facturación de poco más de $2,100,000 a $6,450,000, y que la categoría K, que tiene un límite de poco menos de $17 millones, lo eleve a $68 millones. Además, el proyecto establece aumentos en las cuotas mensuales para cada categoría, con incrementos de hasta tres veces lo que pagan actualmente.

En caso de aprobarse la normativa, el Poder Ejecutivo tendrá la autoridad para incrementar los límites máximos de facturación, los montos de alquileres devengados y los importes del impuesto integrado a pagar, correspondientes a cada categoría de pequeño contribuyente, así como las contribuciones previsionales y otros montos.

Los cambios en las escalas de facturación

  • Categoría A: de $12,128.39 a $26,600
  • Categoría B: de $13,561.75 a $30,280.
  • Categoría C: para servicios, de $15,503.51 a $35,458, y para la venta de productos, de $15,241.42 a $34,658.
  • Categoría D: para servicios, de $19,497.94 a $45,443.80, y para la venta de productos, de $19,066.46 a $44,343.80.
  • Categoría E: para servicios, de $26,945.97 a $64,348.18, y para la venta de productos, de $24,526.43 a $58,148.18.
  • Categoría F: para servicios, de $33,137.61 a $80,983, y para la venta de productos, de $29,223.11 a $69,783.
  • Categoría G: para servicios, de $38,694.95 a $123,696.20, y para la venta de productos, de $33,439.61 a $85,296.20.
  • Categoría H: para servicios, de $66,111.51 a $280,734.68, y para la venta de productos, de $56,402.68 a $170,734.68.
  • Categoría I: La cuota mensual pasaría de $81,121.96 a $255,108.55 para las ventas, mientras que para los servicios sería de $517,608.55.
  • Categoría J: para las ventas, de $93,619.47 a $311,931.97, y para los servicios, de $311,931.97 a $626,931.97.
  • Categoría K: La cuota mensual aumentaría de $106,964.65 a $377,084.75, y para los servicios sería de $867,084.75.

Otras modificaciones en el monotributo

Aparte de los ajustes que definen nuevos límites de facturación anual y cuotas mensuales, el proyecto que reforma el Monotributo implica un aumento en el precio unitario para aquellos que brindan servicios o venden productos, pasando de los $180,590 actuales a $385,000.

Además, se incrementó el límite de facturación para los monotributistas sociales, que ahora asciende de $22,000 a $105,000 por operación. En este escenario, el contribuyente no podrá facturar más de seis veces al mismo cliente en un año calendario.

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