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El Gobierno decretó la Ley de Alivio Fiscal

La iniciativa fue aprobada el pasado 28 de octubre por unanimidad en el Senado de la Nación. Se trata de un proyecto presentado por Sergio Massa que busca mitigar las deudas tributarias que poseen las organizaciones sin fines de lucro, las fundaciones, las pymes y los contribuyentes.

Ley de Alivio Fiscal

El Boletín Oficial confirmó la promulgación de la Ley de Alivio Fiscal, una medida que pretende descomprimir la presión que las deudas tributarias ejercen sobre las entidades sin fines de lucro, los clubes de barrio, las fundaciones y organizaciones comunitarias, y las micro empresas. El Gobierno Nacional plantea “fortalecer la salida económica y social a la pandemia generada por el COVID-19”.

Sergio Massa presentó la iniciativa que fue aprobada por unanimidad el pasado 28 de octubre. Entre sus ejes centrales, “la Ley 27.653 contempla deudas vencidas hasta agosto pasado por un monto total inferior a $100.000 y establece que se condonen deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social menores a dicha suma para entidades sin fines de lucro, incluyendo organizaciones comunitarias inscriptas como fundaciones, asociaciones civiles, simples asociaciones y entidades con reconocimiento municipal”.

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Massa, autor de la ley, expresó: “Para nuestros comercios y nuestras PYMEs representa condonación de deudas impositivas, para nuestros monotributistas volver a estar en cero sin tener que correr atrás de la deuda, para nuestros clubes de barrio representa volver a estar en cero frente al Estado”.

Puntos importantes de la ley

La ley contempla el capital adeudado, intereses resarcitorios, punitorios, multas y demás sanciones, pero no incluye los aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales o las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART). En estos casos la ley propone planes de pago que tendrán un plazo de hasta 36, 60 y 120 cuotas, dependiendo del tipo de deuda o contribuyente.

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Los planes de facilidades de pago, que deberán ser aprobados por AFIP, se ajustarán de acuerdo al contribuyente: las micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro, organizaciones comunitarias tendrán hasta 120 cuotas. Las medianas empresas tendrán hasta 60 cuotas. Para el resto de los contribuyentes, los planes de pago serán de hasta 36 cuotas. La nueva ley estipula que “AFIP podrá segmentar la cantidad de cuotas en función a la naturaleza de la obligación adeudada y establecer plazos de espera en base a parámetros vinculados a la actividad desarrollada por las y los contribuyentes o cuestiones regionales, sectoriales o relacionadas a políticas de género”.

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