10.5 C
Santa Fe

Caso Serena Martínez: confirman la condena de 18 años a los tres imputados

Así  lo definió la Cámara de Apelaciones al rechazar todas las nulidades interpuestas. Por su parte, confirmaron la teoría en relación a la coautoría material del hecho.

facundo martinez juicio serena martinez
Imagen de familiares de Serena en el juicio de 2016.

Los Jueces del Colegio de Cámara de Apelaciones de Santa Fe, Dres. Alejandro Tizón (presidente), Fabio Mudry y Fernando Gentile Bersano, resolvieron confirmar la sentencia recurrida por la Defensa Técnica de los imputados Cabrera, Fernández y Vega.

Rechazaron todas las nulidades interpuestas y confirmaron la teoría desarrollada por los jueces de baja instancia en relación a la co-autoría material del hecho desarrollada por los condenados.

Los jueces de Apelación Penal de Santa Fe, intervinientes en el denominado “Caso Serena Martínez”, resolvieron en el día de ayer confirmar la sentencia apelada por la Defensa Técnica de los imputados, modificándola únicamente en relación a la pena impuesta, la que ahora, queda determinada en 18 años de prisión, accesorias legales y costas.

En una extensa sentencia de más de 60 fojas en la que abundan las citas jurisprudenciales (locales, nacionales e internacionales), de referencia y desarrollos argumentativos, se ponderó el trabajo desarrollado por los jueces sentenciantes de primera instancia, en relación a que la “apreciación de la prueba a través de la libre convicción, resulta irrefutable en el hecho de que la prueba producida en el debate permite inclinar la convicción hacia la tesis acusatoria”.”Consecuentemente, el método deductivo empleado es el resultado de una correcta valoración racional de la totalidad de la prueba reunida en el proceso”, se subraya en los argumentos dados a conocer.

Reacción de los abogados defensores

En diálogo con el Móvil de Sol 91.5 Carolina Walker, una de las abogadas defensoras, expresó “estamos conformes con la sentencia. Estos dos años que redujeron afectó a la familia, pero entendieron que el fallo fue técnicamente muy bueno”.

Por otra parte, el otro abogado defensor, Martín Risso Patrón enunció: “Creo que nadie con cierta coherencia presentaría un recurso de queja. El fallo nos da la razón en todo”

En referencia al fallo de la Cámara, Parodi apuntó: “Creemos que éste fallo sienta jurisprudencia por el uso de la figura del dolo eventual. Ya que era un lugar público y había cientos de personas”.

Carolina Walker y Martín Risso Patrón – Móvil Sol 91.5

Fuente: Diario Uno/Sol 91.5

Últimas noticias
spot_img
spot_img
Noticias relacionadas