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Perotti envió a la Legislatura el proyecto para implementar el Voto Joven en la provincia de Santa Fe

La iniciativa del gobernador establece la posibilidad de sufragar entre los 16 y 18 años, aunque no es obligatorio.

Voto Joven en Santa Fe 

Este miércoles el gobernador de la provincia de Santa Fe, Omar Perotti, remitió a la Legislatura provincial un proyecto de ley sobre la ampliación de los derechos póliticos de los jóvenes de entre 16 y 18 años, conocido como Voto Joven.

La iniciativa establece el derecho a votar en elecciones provinciales a las y los jóvenes de entre 16 y 18 años, pero no los obliga a hacerlo por lo que que, si deciden no participar del proceso electoral, no pueden ser sancionados.

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Cada vez más jóvenes se involucran para tratar de transformar la realidad a través de la práctica política. Hace casi una década que pueden hacerlo. Además de, en las aulas, los colegios y los barrios, también en las urnas“, fundamenta el texto del proyecto y detalla que “en el caso de Santa Fe, pueden hacerlo únicamente para los cargos nacionales, es decir, pueden elegir al presidente y vicepresidente, a los senadores y diputados nacionales, pero no pueden elegir a las autoridades provinciales y locales”.

El escrito presenta como antecedente la reforma a la Ley de Ciudadanía, sancionada el 31 de octubre de 2012 y que consagró el derecho a votar en elecciones nacionales a las y los jóvenes de entre 16 y 18 años.

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A su vez y un dato no menor, es que con la sanción de la ley nacional casi todas las provincias comenzaron a adaptar su legislación para permitir el voto joven en las elecciones provinciales para cargos locales. A la fecha, sólo no está previsto en las provincias de Corrientes y Santa Fe.

Es una instancia donde, como provincia estamos retrasados; como no hemos actualizado la Constitución, el voto habla de los 18 años y pareciera que entraríamos en contracción si aprobamos una ley que hable de esto, pero hay jurisprudencia que empuja fuertemente a que Santa Fe vaya adecuando su normativa legislativa más allá que se haya o no modificado la Constitución”, señaló el gobernador Perotti.

El texto agrega también que “este proyecto consagraría una expansión de los derechos políticos de los jóvenes, permitiendo que puedan elegir a sus representantes en todos los niveles de gobierno, eliminando así la imposibilidad de hacerlo para cargos locales; para la historia de la democracia en la provincia, significará el reconocimiento en esta franja etaria de capacidades y potencialidades hasta ahora invisibilizadas”.

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De esta manera, se propone modificar los artículos 2° y 14° de la Ley 4.990. El primero de ellos quedará redactado de la siguiente manera: “Constituyen el cuerpo electoral de la provincia, en calidad de electores, los argentinos nativos y por opción, desde los 16 años, y los argentinos naturalizados, desde los 18 años, que estén inscriptos en el Registro de Electores y no tengan ninguna de las inhabilitaciones previstas en esta ley”.

En tanto, una sección del artículo 14, quedaría redactado así: “Todo elector tiene el deber de sufragar en cuantas elecciones provinciales, municipales o de comisión de fomento se realicen en su distrito electoral. Quedan exentos de esta obligación los jóvenes entre los 16 y los 18 años, y los mayores de 70 años”.

Fuente: Gobierno de Santa Fe 

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