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Movilidad jubilatoria: el gobierno oficializó la nueva fórmula vía DNU

Los cambios en la actualización de haberes jubilatorios quedaron oficializados ese lunes con su publicación en el Boletín Oficial.

Nueva fórmula de movilidad jubilatoria

El gobierno nacional oficializó por Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) la nueva fórmula de movilidad jubilatoria, que establece que desde julio los haberes se actualizarán por inflación, y que en los meses previos, los jubilados percibirán adelantos a cuenta del cobro de junio, mientras que en abril se otorgará un incremento extraordinario del 12,5%, que se ubica por debajo del reclamo de la oposición, que pedía que fuera del 20%.

A partir de dicha premisa, el Ejecutivo consideró que “es necesario establecer una nueva pauta de movilidad basada en la actualización mensual de los haberes de acuerdo con las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec)”.

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Asimismo, sostuvo que “el cambio de componentes de la fórmula y su actualización mensual permitirán la implementación de una política eficiente de la seguridad social que considere el índice de costo de vida, logrando la plena efectividad de los derechos de la sociedad conforme el máximo de los recursos de que se disponga, de conformidad con las normas internacionales en la materia”.

Al mismo tiempo, justificó el cambio por DNU en que “la urgente necesidad de modificar la fórmula jubilatoria a los efectos de lograr mantener el estándar de vida de los adultos mayores y evitar que continúen perdiendo poder adquisitivo y el inminente inicio del mes de abril, cuyo transcurso dificultaría el debido empalme de fórmulas dan cuenta de las circunstancias excepcionales que exigen el dictado del presente decreto”.

De esta manera, el decreto estableció que las prestaciones se actualizarán mensualmente por inflación a través del IPC oficial y determinó que “en ningún caso la aplicación de dicho índice podrá producir la disminución del haber que percibe el beneficiario”.

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Al respecto de la entrada en vigencia de la nueva fórmula, el gobierno especificó que la primera actualización en base a la movilidad dispuesta “se hará efectiva a partir de las prestaciones previsionales correspondientes al mes de julio de 2024”.

De cara a los meses que quedan hasta la aplicación de la modificación, el Ejecutivo dispuso que “a los fines de la transición, para la determinación de la movilidad correspondiente al mes de junio de 2024, resultará aplicable la fórmula vigente a la fecha de dictado del presente”.

Teniendo en cuenta que la próxima actualización de haberes por ley corresponde a junio, y a raíz de que “la gravedad de la crisis que enfrentan los adultos mayores hace que ellos no puedan aguardar hasta el mes de junio del corriente año para ver incrementados sus haberes”, se dispuso que “a partir del mes de abril del corriente año se concederán adelantos incrementales, equivalentes al Índice de Precios al Consumidor, a cuenta del porcentaje que determine la aplicación de la movilidad prevista por la Ley N° 27.609, de modo que la transición de uno a otro régimen de movilidad no implique padecimiento alguno para los adultos mayores”.

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