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¿Cómo funcionarán los bancos desde el lunes 13 de abril?

Habrá un sistema de turnos y días de atención asignados por los números de terminación del documento de cada clientes. Por su parte, la atención para jubilados, pensionados y beneficiarios de planes sociales continuará según lo determinado por la Anses.

Los bancos comenzarán a funcionar el lunes con turnos previos

El Banco Central de la República Argentina informó que desde este lunes 13 de abril al viernes 17 de abril, los bancos volverán a funcionar con horario extendido y con un sistema de atención por turnos solicitados vía online.

La norma aplicará también a las empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y/o compra, así como los proveedores de servicios no financieros de crédito inscriptos la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias.

Según dispuso el Banco Central, los clientes podrán solicitar turnos para su atención en las páginas web de las entidades a partir del próximo miércoles y el comprobante servirá como permiso de circulación entre el domicilio y el banco al cual se dirija la persona.

El día de atención estará determinado por el último dígito del DNI del cliente o del CUIT, en caso de tratarse de personas jurídicas, de la siguiente forma:

El lunes los terminados en 0 y 1

Martes en 2 y 3

Miércoles 4 y 5

Jueves 6 y 7

Viernes 8 y 9

“Las personas a ser atendidas deberán haber previamente solicitado un turno a través de las páginas de Internet de las entidades, o por otro medio electrónico que éstas pongan a disposición (ej. correo electrónico y/o teléfono)”.

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A su vez, dispuso que las entidades deberán entregar a sus clientes por vía electrónica un comprobante del turno acordado, “indicando día de la cita, identificación (nombre completo y número de identificación) de la persona y ubicación de la casa operativa a la que deberá dirigirse”.

Los bancos deberán poner a disposición de sus clientes las vías para solicitar los turnos a partir del miércoles en sus páginas web “en forma clara y sencilla” y especificar cuáles son las operaciones que se pueden efectuar, “aclarando que no incluye operaciones por ventanilla”.

“Estos clientes sólo podrán presentarse -en el día y casa operativa indicados- munidos de la constancia de turno emitida por la entidad financiera”

Por otra parte, la atención de clientes jubilados y pensionados será conforme al cronograma que la ANSES o el correspondiente ente administrador establezca, de modo que no será necesaria la obtención de turno alguno.

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Este último punto incluye a los beneficiarios de haberes previsionales y pensiones integrantes del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) así como de aquellos cuyo ente administrador corresponda a jurisdicciones provinciales o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Además, el Banco Central recordó que las entidades “deberán continuar sujetándose a un estricto cumplimiento de las normas sanitarias para preservar la salud de los clientes y trabajadores bancarios y no bancarios” y les exigió garantizar “la provisión a los trabajadores de todo elemento sanitario y de limpieza para poder desarrollar su tarea y el cumplimiento de las distancias interpersonales”.

Por último, las casas operadoras de cambio continuarán impedidos de abrir sus sucursales para la atención al público, pero podrán “operar en el mercado cambiario entre ellas, con entidades financieras y con clientes en forma remota”.

Fuente: Ámbito

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