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¿Desde cuándo los bancos ya no tendrán que exigir fe de vida?

A partir del martes 25 de julio empieza a estar vigente la Ley 27.721 que elimina ese requisito para el cobro de sus haberes y otros beneficios previsionales.

Atención jubilados: desde cuándo los bancos ya no tendrán que exigir fe de vida

El gobierno promulgó la ley que establece la eliminación del trámite de supervivencia a jubilados, pensionados y titulares de pensiones no contributivas, y de este modo quedan eximidos de la obligación de presentar la declaración de supervivencia.

A partir del martes 25 de julio, comienza a estar vigente la Ley 27.721 que elimina ese requisito para el cobro de sus haberes y otros beneficios previsionales. La normativa se sancionó en Congreso el 5 de julio y a su vez fue promulgada por medio del Decreto 365/2023, publicado el lunes en el Boletín Oficial.

Leer más: El Banco Nación suspende el trámite de fe de vida para jubilados y pensionados

La normativa dispone que los beneficiarios de jubilaciones y pensiones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y del Sistema de Pensiones no Contributivas quedan eximidos de la obligación de presentar la declaración de supervivencia o fe de vida.

De esta manera, queda sin efecto toda demostración de subsistencia a cargo del beneficiario como condición para el cobro de sus haberes y demás beneficios previsionales.

Fuente: Ámbito
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