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Cafiero: “El Gobierno define parámetros y enciende las alarmas: los gobernadores adaptan las normas”

Lo dijo el Jefe de Gobierno, Santiago Cafiero, en la conferencia de prensa donde se detallaron las nuevas pautas que los gobernadores tendrán que tener en cuenta para bajar el aumento de casos de coronavirus. Los gobernadores están facultados para adaptar las medidas nacionales a sus provincias y localidades.

 

 

Nuevos parámetros para bajar el aumento de casos de coronavirus en Argentina

El Gobierno nacional estableció nuevas pautas para que los gobernadores restrinjan la circulación ante el aumento de casos de coronavirus.

El jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, anunció que se emitirá un decreto que regula en qué momento los gobernadores podrán restringir la circulación en sus jurisdicciones. “El Gobierno define parámetros y enciende las alarmas: los gobernadores adaptan las normas”, afirmó.

 

¿Qué dirá el Decreto Nacional?

El Gobierno nacional decidiría no restringir de manera obligatoria la actividad de 23 a 6 y facultaría a los mandatarios provinciales a decidir qué restricciones aplicar de acuerdo a ciertos parámetros.

El decreto a la firma del Presidente establece dos requisitos técnicos diseñados por la cartera de Salud, y explica además que los gobernadores tomarán las medidas restrictivas cuando los dos requisitos estén al mismo tiempo.

 

Leer másOmar Perotti: “La provincia se sumará a las medidas que tome la Nación”.

Esos dos requisitos técnicos consisten en lo siguiente:

1- Habrá un primer coeficiente de contagiados que se hará comparando los contagios de la última quincena de diciembre de 2020 con la primera quincena de 2021. Ese coeficiente se actualizará por quincena.

2. Ciudades con más de 150 contagios cada 100.000 habitantes.

Si la suba de afectados por COVID-19 supera el coeficiente elaborado por Ginés González García, y hay más de 150 contagiados en una ciudad o localidad con más de 100.000 habitantes, el gobernador respectivo “deberá dictar normas reglamentarias para limitar la circulación por horarios o por zonas”.

El decreto que firmará Alberto Fernández -por lo menos en su último borrador- establece que los gobernadores tienen la facultad de actuar cuando se dan los dos requisitos técnicos al mismo tiempo y sólo se restringirían las actividades diurnas.

Pero la lógica jurídica cambia cuando se trata de la circulación nocturna. Desde esta perspectiva, el decreto impondría que los gobernadores deberán prohibir la circulación por las noches si los dos requisitos -coeficiente de contagios y más de 150 contagiados por 100.000 habitantes- se conjugan en el mismo momento.

Lo único que pretende Alberto Fernández es contener la suba abrupta de los contagiados de COVID-19, frente a un relajamiento social que puede causar estragos en toda la Argentina.

Fuente: Con información de Infobae.

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