13 C
Santa Fe

Proponen en el Senado una ley para regular los alquileres temporarios para el turismo

El proyecto ya fue aprobado en comisiones y espera para ser tratado. Buscan desdolarizar a plataformas que actualmente están fuera del marco normativo del Estado.

Senadores promueven una ley para regular y desdolarizar plataformas que ofrecen alquileres temporarios  

Senadores del Frente de Todos y Juntos por el Cambio acordaron unificar iniciativas y armar un proyecto de ley para regular los alquileres temporarios para el turismo. Luego del plenario de comisiones, el texto quedó listo para ser tratado en la próxima sesión.

Se trata de la unión de las iniciativas de la oficialista santacruceña Ana María Ianni y otro de la radical mendocina Mariana Juri, para la creación de un registro a nivel nacional sobre quienes ofrezcan inmuebles para alquileres a turistas.

Leer más: Dólar por las nubes y turismo: las recomendaciones de las agencias para viajeros

Los principales puntos de la iniciativa

El proyecto propone regular y desdolarizar a plataformas que ofrecen alquileres temporarios a turistas, como es el caso de Airbnb, que actualmente están fuera del marco normativo del Estado. En el mismo sentido, la iniciativa plantea sanciones por incumplimientos.

La iniciativa estipula que para que la locación de un inmueble se considere de alquiler temporario debe rentarse durante un lapso de entre 1 y 90 días.

En ese sentido, el texto propone: “Los propietarios o administradores que cuenten con poder o autorización correspondiente para comercializar inmuebles de forma temporaria, los huéspedes y toda persona que comercialice, publicite u ofrezca a través de cualquier medio viviendas de alquiler temporario para uso turístico”.

Además, se planta la creación del Registro Nacional de Viviendas de Alquiler Turístico Temporario, bajo la supervisión del Ministerio de Turismo.

Asimismo, el texto indica: “Las plataformas digitales que ofrezcan, intermedien, o celebren contratos de locación temporarios con fines turísticos deberán habilitar un campo en la plataforma digital para que el propietario informe el número de inscripción ante el registro de cada unidad; y proceder a la baja, retiro o suspensión de toda publicación que no posea el número de inscripción en el registro, previa notificación fehaciente al propietario o administrador de la unidad en alquiler”.

spot_img
spot_img
Últimas noticias
Noticias relacionadas