Desde este sábado comenzaron a regir las nuevas restricción de actividades y horarios, ante la evolución de los contagios del COVID-19 en las ciudades de Santa Fe y Santo Tomé.
Nuevas restricciones en Santa Fe
Desde este sábado y por 14 días se informaron nuevas restricciones en las ciudad de Santa Fe y Santo Tomé ante el aumento de casos de coronavirus. Los anuncios lo hicieron el gobernador Perotti en conjunto con los intendentes Emilio Jatón y Daniela Qüesta.
“Sabíamos que esta era una posibilidad, lo dijimos siempre y lo trabajamos desde el primer momento con todos los sectores económicos: con los empresarios, con los gremios, con las asociaciones”, aseguró el intendente Jatón.
Tras el anuncio, el mandatario local indicó: “También sabemos que cada toma de decisión y aún más con relación a la circulación del virus, tiene distintas miradas y metodologías de cómo abordarla. Ahora, las autoridades sanitarias han definido que es momento de tomar medidas restrictivas”.
Y sostuvo que “estamos en un punto difícil, quizá el más complejo desde marzo; estamos con una alta probabilidad de contagios”.
Finalmente, el intendente señaló que “a partir de la semana que viene vamos a trabajar junto a los sectores económicos para acordar cómo seguimos en el nuevo período. Y lo vamos a hacer como siempre, construyendo decisiones entre todos”.
Por su parte, el gobernador dijo que “en el último mes, se han incrementando los casos, acelerando la curva, y creciendo los niveles de contagio y los usos de cama. Eso nos lleva a tomar unas medidas por los próximos 14 días para tratar de aplanar esa curva y disminuir los niveles de contagio”. Y añadió que “es momento de bajar la circulación de gente, es lo único efectivo hasta aquí para bajar la curva”.
Leer más: Coronavirus en Santa Fe: 930 en la provincia, 71 en la ciudad
Estas son las actividades que están permitidas y aquellas que no lo estarán de acuerdo a la información oficial contenida en el Decreto 954/20, del gobierno provincial:
¿Qué está permitido?
– Comercios de cercanía: de rubros esenciales y no esenciales.
– Salidas breves para caminatas de esparcimiento: sin exceder los 500 metros del domicilio, hasta las 19.30 horas y con el uso obligatorio de tapabocas.
-Locales gastronómicos: sólo envíos a domicilio (delivery) hasta las 24 hs y servicio para llevar (take away) hasta las 22 hs.
– Administración central y organismos dependientes del Poder Ejecutivo Provincial.
– Venta de mercaderías elaboradas: de rubros esenciales y no esenciales a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no impliquen contacto entre las personas y se hagan con modalidad de entrega al domicilio (delivery).
-Actividad notarial: necesaria para cumplir actividades y servicios esenciales solo con la intervención de las personas indispensables y evitando reuniones.
-Servicios de cuidados de adultos mayores y personas con discapacidad.
-Práctica deportiva: de deportistas olímpicos y profesionales que cuenten con
Ver esta publicación en Instagram
¿Qué está suspendido?
– Actividades comerciales de shoppings, peatonales y galerías.
-Locales gastronómicos: bares, restaurantes, rotiserías, heladerías.
-Comercios mayoristas y minoristas: de rubros no esenciales de más de 100 m2.
-Ejercicio de profesiones liberales: incluidos mandatarios, corredores y martilleros, actividad inmobiliaria y mudanzas.
-Servicios de personal doméstico.
-Actividades religiosas, cultos: reuniones o ceremonias de 10 personas.
-Obras privadas: que ocupen más de 5 trabajadores, profesionales o contratistas.
-Actividades administrativas: sindicatos, entidades gremiales empresarias, obras sociales, cajas y colegios profesionales, entidades deportivas, universidades nacionales y privadas.
-Práctica de actividades deportivas y físicas: en instalaciones cerradas tales como clubes o gimnasios, o espacios públicos al aire libre.
-Pesca deportiva y recreativa: modalidad desde la costa y embarcados, navegación recreativa y guarderías náuticas y clubes deportivos.
-Servicios de peluquería, manicura, cosmetología y podología.
-Museos, bibliotecas y lugares recreativos: de divulgación científica, tanto públicos como privados.
-Salas de grabación y ensayos: preproducción, producción y postproducción de audios y audiovisuales.
-Enseñanza disciplinas artísticas: en forma particular por un docente o artista, en un espacio colectivo, institución o establecimiento.
-Caminatas recreativas para personas incluidas en grupos de riesgo.
-Actividad artística y artesanal: a cielo abierto, en plazas, parques y paseos.