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Santa Fe

El gobierno habilitó las actividades religiosas individuales en iglesias y templos de la provincia de Santa Fe

Así se detalla en el decreto que firmó el gobernador Omar Perotti en el marco de la apertura de actividades en medio de la pandemia por el coronavirus. Serán hasta las 20 y no se podrá utilizar el transporte público para arribar a los lugares.

Imagen ilustrativa.

Se habilitaron las actividades religiosas individuales en Santa Fe

Este jueves se conoció que  se habilitan las actividades religiosas individuales en iglesias, templos y lugares de culto de cercanía en Santa Fe.

El gobernador, Omar Perotti, firmó el decreto Nº 449/20 a partir del cual se establece exceptuar en toda la provincia las actividades religiosas individuales en iglesias, templos y lugares de culto de cercanía, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos.

Sin embargo, aclara el documento que “en ningún caso, tales actividades podrán consistir en la celebración de ceremonias que impliquen reunión de personas” debido al contexto de pandemia por el coronavirus.

Además, las actividades deben desarrollarse en horario diurno y hasta las 20, cumplimentando tanto los ministros como sus colaboradores y asistentes, medidas preventivas de distanciamiento personal y el uso obligatorio de elementos de protección.

Asimismo, se deberá desinfectar el calzado de los asistentes, asegurando una adecuada ventilación de los espacios físicos durante las horas habilitadas a la concurrencia de personas y la limpieza y desinfección de superficies y objetos de uso frecuente de manera periódica.

Del mismo modo, a través del decreto, la provincia recomienda evitar la aglomeración de personas ocupando un porcentaje mínimo de la capacidad de las iglesias, templos y locales de culto; como asimismo colocar carteles informando las medidas de prevención que deben cumplirse.

Las personas que se acerquen hasta las iglesias o templos no podrán utilizar el transporte público de pasajeros para trasladarse.

Por último, la restricción a la celebración de ceremonias que impliquen la reunión de personas, alcanza a cualquier actividad con horario prefijado en los mismos lugares.

El decreto completo con la habilitación de actividades religiosas

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