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Santa Fe

Desde Nación se ordenó que se frene el sobredragado del Paraná

Fue luego del reclamo de la Asociación Argentina de Abogados y Abogadas Ambientalistas sobre un dragado más profundo no permitido en el canal del río Paraná ante la bajante.

Bajante histórica del Paraná

La Subsecretaría de Puertos de la Nación y tras una denuncia pública, emitió la orden N°218 que frena las tareas de sobredragado que desde mayo de este año viene realizando en el Paraná la empresa de origen belga Jan De Nul.

Esta orden obliga que la empresa Hidrovía S.A. que mantenga “los diseños de obra oportunamente aprobados en cuanto a las profundidades alcanzadas, los veriles y los anchos de solera”, detalló el abogado Lucas Micheloud.

El sobredragado constituye para esta entidad civil “un verdadero crimen ambiental”, y por eso el pasado 11 de junio presentaron una solicitud de acceso a la información pública ambiental ante el Ministerio de Transporte de la Nación y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación.

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“Entendemos que las tareas de sobredragado deben estar autorizadas por el Estado en el marco de la bajante histórica que está atravesando la Cuenca del Paraná, y que requiere de mínima estudios de impacto ambientales acumulativos y eventualmente una evaluación ambiental estratégica”.

“En estas condiciones venimos sosteniendo que es un crimen ambiental, por el grave impacto que de por sí ya tiene el dragado constante, y en este caso el sobredragado, afectando la fauna fluvial, los ecosistemas fluviales, el sistema de humedales, y la calidad del agua que puede perjudicar el acceso para el consumo humano”, apuntó el letrado ambientalista.

“A partir de esa presentación que hicimos, el 22 de junio la secretaría de Control y Monitoreo Ambiental nacional nos informó que no tiene la información que les solicitábamos, pero que remitía el reclamo a la empresa belga para recabar la información”.

El Ministerio de Ambiente le envió una nota a la Subsecretaría de puertos de la Nación para consultarles si era cierto que esta empresa estaba realizando el sobredragado con dos pies más de profundidad. “Una vez que confirma esa empresa al control de puertos, la directora del control de habilitaciones emitió la orden de servicios 218, y ahí es donde le realiza la intimación para que no profundicen. Dice en rigor que debe mantener los diseños de obra oportunamente aprobados, en cuanto a las profundidades alcanzadas, los veriles y los anchos de solera, cualquier modificación, tendrá sanciones previstas”.

Fuente: El Litoral

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