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Santa Fe

Alberto Fernández firmó el decreto para la asignación del bono de $60.000 para trabajadores

La iniciativa, para empleados del sector privado y del Ejecutivo Nacional, establece dos cuotas de 30.000 pesos con "los salarios devengados en los meses de agosto y septiembre" próximos.

El decreto para la asignación del bono de $60.000

El presidente Alberto Fernández firmó el decreto de una asignación no remunerativa para los trabajadores que cumplen tareas en relación de dependencia en el sector privado de $60.000, en dos cuotas de $30.000 con “los salarios devengados en los meses de agosto y septiembre” próximos.

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Según el Decreto de Necesidad y Urgencia presidencial 438/2023, la asignación será otorgada “por única vez” para trabajadores en relación de dependencia del sector privado, en Jurisdicciones y Organismos del Poder Ejecutivo Nacional y en el Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

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El decreto firmado por todo el Gabinete nacional establece que la partida será abonada por los sujetos empleadores en dos cuotas de $30.000 con los salarios devengados en los meses de agosto y septiembre próximos.

También se suma una asignación no remunerativa para los trabajadores del Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares de $25.000 que será abonada por los sujetos empleadores en $12.500 con los salarios devengados en agosto y septiembre próximos.

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La asignación no remunerativa dispuesta se aplicará a los trabajadores que perciben salarios netos, incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos, inferiores a $400.000 o el monto proporcional en el caso de que la prestación de servicios del trabajador o de la trabajadora fuere inferior a la jornada legal o convencional.

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La asignación no remunerativa dispuesta en los artículos se aplicará a los trabajadores que perciben “salarios netos, incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos, correspondientes al devengado en agosto último, inferiores a $ 400.000 o el monto proporcional en el caso de que la prestación de servicios del trabajador fuere inferior a la jornada legal o convencional”.

Es decir, el monto mensual de la asignación no remunerativa dispuesta será equivalente a $30.000 para los trabajadores que perciben salarios netos, correspondientes al devengado en el mes de agosto de 2023, menores o iguales a $370.000; o la diferencia entre $ 400.000 y los salarios netos superiores a $370.000 correspondientes al devengado en el este mes.

Fuente: Télam
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