Permite que los usuarios puedan acceder a las plantas de cannabis y sus derivados “como tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor, a través del cultivo controlado”.
Registro para el autocultivo de cannabis medicinal
A través de la resolución 800/2021, el Gobierno Nacional aprobó el registro del Reprocann en donde posibilita a los usuarios que puedan acceder a plantas de cannabis y sus derivados “como tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor, a través del cultivo controlado”.
Esta nueva medida con respecto a la marihuana en el país, permite el autocultivo y la venta en farmacias de aceites con el objetivo de fomentar “el acceso seguro, informado y con el debido acompañamiento médico a productos derivados de la planta del cannabis”.
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La inscripción es a través de la web del Reprocann e indica que es exclusivo “para pacientes que necesiten solicitar autorización al cultivo controlado con fines medicinales y/o terapéuticos, personas o entidades que necesiten cultivar para un tercero y para profesionales de la salud que necesiten certificar a sus pacientes”.
Lo que accedan al autocultivo van a tener que contar con un certificado de autorización “como prueba fehaciente y autosuficiente del cumplimiento de las condiciones establecidas durante el plazo de vigencia de un año desde la fecha de emisión”.
Fuente. Página 12