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Ingresó al Congreso proyecto del Gobierno por la igualdad laboral y salarial

El proyecto prevé equiparación de remuneraciones, mejores licencias por hijos y embarazos, reducción de jornada laboral por niños a cargo, normas antidiscriminación y novedosos códigos de conducta.

El proyecto de ley del Poder Ejecutivo para garantizar la igualdad salarial y la inserción de la mujer en el ámbito laboral ingresó este lunes a la Cámara de Diputados.

La decisión de enviar el proyecto al Congreso había sido anunciada la semana pasada por Mauricio Macri en el marco del Día Internacional de la Mujer, donde ratificó su “compromiso” para avanzar en la “igualdad de género y de oportunidades entre las mujeres y los hombres” y adelantó su intención de proponer una iniciativa para avanzar en materia de equidad para “lograr el salario igualitario”.

La iniciativa propone, entre otras cuestiones, que el trabajador “cualquiera sea su género gozará de 15 días corridos por nacimiento o adopción de hijo, y ésta podrá extenderse por 10 días más en caso de nacimiento o adopción múltiple”, a la vez que establece que “estos plazos aplicarán tanto para el trabajador como para la trabajadora que no haya gestado al hijo”.

A través del proyecto se busca ampliar, además, la licencia por fallecimiento de hijo de tres a 10 días corridos y se incorporan licencias por “someterse a técnicas y procedimientos de reproducción médicamente asistida” (cinco días corridos por año) y por violencia de género (10 días corridos por año), entre otras.

Con el fin de establecer “la equidad de género y la igualdad de oportunidades en todos los aspectos de la vida laboral”, el proyecto afirma que “los trabajadores cualquiera sea su género tendrán iguales derechos en todo lo relativo a su acceso al empleo, a su selección y contratación, a sus condiciones de prestación, a su desarrollo o evolución en la carrera dentro de la empresa”.

En el proyecto se establece que “los contratos individuales, las convenciones colectivas de trabajo y las reglamentaciones autorizadas no podrán establecer ningún tipo de discriminación en el empleo, fundada en el género o en el estado civil de quienes trabajan”.

En tanto, en uno de los artículos se busca la modificación del artículo 173 de la Ley de Contrato de Trabajo a fin de establecer “la igualdad salarial estricta”, al señalar que “en los contratos individuales, convenciones colectivas de trabajo, reglamentaciones y todo acto por el cual se fijen o estipulen salarios, se garantizará la plena observancia de la igualdad de género en la aplicación del principio constitucional de igual remuneración por igual tarea”.

Fuente: Ámbito Financiero.

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