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¿Puedo votar en el balotaje si no lo hice en las elecciones generales?

Conocé qué pasa con aquellas personas que no emitieron el sufragio en los comicios del 22 de octubre.

Qué pasa si no voté en las elecciones del 22 de octubre

Conforme a la información proporcionada por la Dirección Nacional Electoral, aquellos ciudadanos de edades comprendidas entre 18 y 70 años que no ejerzan su voto en las elecciones sin justificación ante la Justicia Nacional Electoral enfrentarán consecuencias económicas, así como la inclusión en el Registro de Infractores al deber de votar.

Adicionalmente, durante un período de tres años a partir de la elección, no podrán ser designados para cargos públicos o empleos gubernamentales. Aquellos que no abonen la multa no tendrán la posibilidad de llevar a cabo trámites o gestiones en organismos estatales a nivel nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.

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Por otro lado, los individuos exentos del deber de votar que no se hayan presentado el 22 de octubre deberán justificar su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral.

Sin embargo, en el caso de no haber votado el 22 de octubre, tendrán la oportunidad de participar en el balotaje electoral que se celebrará el domingo 19 de noviembre.

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