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No fue por “Desahogo sexual”: El juez del caso rechazo el acuerdo del fiscal y denunció irregularidades en el manejo del caso

El juez Penal Marcelo Nieto Di Biase decidió rechazar el acuerdo del fiscal Rivarola que resolvía un juicio abreviado beneficiando a los hombres denunciados de violar a una mujer en manada en Chubut.

Los acusados: Leandro Del Villar, Luciano Mallemaci y Ezequiel Quintana

 Desahogo sexual: El juez apuntó contra el fiscal Fernando Rivarola

Finalmente el juez Penal Marcelo Nieto Di Biase rechazó el acuerdo de juicio abreviado presentado por las partes, en el marco de la causa en la cual se acusa a tres jóvenes por el delito de abuso sexual. Fernando Rivarola había beneficiado a los acusados al cambiar la clasificación de delito: un abuso sexual simple agravado por la participación grupal en vez de la acusación original del expediente, abuso con acceso carnal, violación, lo que implica una pena mucho mayor. El caso ganó notoriedad pública cuando se supo que en el acuerdo del fiscal uno de los atenuantes era el desahogo sexual de los violadores.

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Remarqué en distintas circunstancias que el acuerdo no puede ser válido. Uno, porque considero que por los hechos relatados por la Fiscalía, la calificación debe ser otra. En este caso considero abuso sexual doblemente ultrajante por la participación de dos o más personas, con una mínima de ocho años y una máxima de 20. Hace falta mayor conocimiento de los hechos porque habría elementos posiblemente desarrollados en el juicio que la propia fiscalía cita, que se requiere sean ventilados en una juicio oral. Son las dos posibilidades que permite el Código Penal para un juez no homologar un acuerdo”, explicó el juez.

El juez Nieto Di Biase no solo rechazó el acuerdo también apuntó directamente contra la fiscalía de Rivarola. Incluso, denunció una situación irregular en la audiencia antes de emitir su fallo.

En la audiencia se me hace saber una circunstancia que no puedo obviar en cuanto que me hacen saber de que hubo un acuerdo privado entre los imputados y la víctima. No me hicieron saber el monto ni en qué consistía porque había un pacto de confidencialidad. Pero me dice la Fiscalía en el marco de todo esto ‘mire, le hacemos saber que hubo un acuerdo reparatorio de forma independiente y le pedimos que lo sepa pero que no lo vuelque en la sentencia’. Me pareció totalmente inadmisible”, reveló el magistrado.

El juez relató una situación vivida con el fiscal en la audiencia y el acuerdo con los hombres que violaron a la joven en Playa Unión (provincia de Chubut) durante septiembre de 2012 son inaceptables y cuestionó que la Justicia se desenvuelva en función del poder adquisitivo de quien sea imputado. “Lo sentí como un agravio personal porque me estaba diciendo ‘usted no cumpla con su función’. Me resulta repugnante, que fue el término que utilicé en mi resolución, que haya una justicia que dependa de la capacidad económica de los imputados. O sea, tenemos justicia para ricos y justicia para pobres”, sentenció Biase.

Sobre el consentimiento de la víctima al juicio abreviado, el juez lo considero no valido porque hay un acuerdo económico privado.

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En cuanto al consentimiento que expuso la víctima en la audiencia, Nieto Di Biase lo consideró condicionado, aunque nunca dejó de mostrar respeto por la joven. “Me hicieron saber que hubo un acuerdo. Desde la Fiscalía siempre se me habló del consentimiento de la víctima y me merece todo el respeto, pero consideré que ese consentimiento no es válido porque hace parte de un acuerdo económico privado”, explicó el juez.

Según comunicó el Poder Judicial de Chubut, el magistrado expuso en el fallo: “Para que quede claro, no puedo tolerar, que cuanto menos en el marco de mi competencia, exista una justicia que tenga resultados diferentes, dependiendo del poder adquisitivo de los imputados; lo que de por sí solo resultaría repugnante y claramente violatorio al artículo 16 de la Constitución Nacional que consagra el principio de igualdad ante la ley”.

El caso

En enero del año pasado, una joven denunció que fue violada por un grupo de varones en una casa del balneario Playa Unión de la ciudad de Rawson, Chubut. Según la mujer, el hecho ocurrió en septiembre de 2012, cuando ella tenía tan solo 16 años en una fiesta en la zona de Playa Unión. La acusación recae sobre tres de los cinco involucrados: Ezequiel Quintana, Leandro Del Villar y Luciano Mallemaci. Los otros dos, R.V. y T.S., quienes al momento del presunto abuso eran menores de edad, fueron sobreseídos. De T.S, una fuente asegura que “su participación era sumamente menor, no cometió el presunto abuso”.

Fuente: Infobae

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