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Derechos de formación deportiva: ¿qué es la Ley 27.211?

Establece el pago de los derechos de formación deportiva entre instituciones deportivas y los obliga a abonar el 5% de los contratos brutos cada vez que firman un contrato con futbolistas que se formaron en otra institución. Norberto Outerelo, abogado especialista en derechos deportivos, brindó detalles sobre la ley y se refirió al caso del ex jugador de Colón, Facundo Sánchez. ¡Escuchá!

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Norberto Outerelo – La Primera – SOL 91.5

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La Ley 27.211 de Derechos de Formación Deportiva se sancionó en noviembre de 2015 y establece el pago de los derechos de formación deportiva entre instituciones deportivas y los obliga a abonar el 5% de los contratos brutos cada vez que firman un contrato con futbolistas que se formaron en otra institución.

A nivel local, el caso más resonante es el de Facundo Sánchez, jugador de Estudiantes surgido en Colón, pero que se formó en Bochófilo Bochazo de San Vicente. La demanda implica al club de La Plata erogar la suma de $400mil.

En este sentido, Norberto Outerelo, abogado especialista en derechos deportivos, visitó SOL 91.5, para dialogar con el equipo de La Primera y explicar los alcances de esta ley.

Es una ley muy peleada. Salió a favor de las personas jurídicas de existencia ideal, que son las asociaciones civiles, y si bien está involucrada en el deporte, se incorpora al Código Civil con persona jurídica”, explicó.

La edad comprendida es entre los 9 y 18 años. Es un reconocimiento a la tarea que hacen los clubes del mal llamado interior, que nunca se le han reconocido”, afirmó.

Es una ley para todo el deporte.  Si bien en el fútbol AFA tenía una obligación de hacerlo, nunca lo hizo. Sacó un reglamento en el 2006 y nunca lo puso en práctica, cumplió con un formalismo de FIFA pero no reconoció a ningún club del interior lo que debía reconocer”, sostuvo.

Reconocimos un derecho de formación con el 5 por ciento sobre la transferencia del jugador o bien sobre el contrato del jugador. El jugador no se ve afectado absolutamente en nada, no se lo saca de su salario, ni de su primera, nada. El que tiene que aportar es el club que compra o en casos de deportes individuales, se hace con los premios, los reconocimientos que puedan tener en algún torneo o campeonato”, explicó.

Facundo Sánchez, ¿Colón puede reclamar?

Depende del tiempo, es decir, cuándo jugó, cuando se hizo el traspaso y ahí corren dos años, pero hay una alternativa, si a los dos años el club no cumple con la obligación de reclamar, quedan seis meses que la liga si puede reclamar por ese jugador y lo debe utilizar para el fútbol infantil”, manifestó el abogado.

 

Ley de Derecho de Formación Deportiva

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