Dos condenados por el homicidio de Diego Román
La Justicia santafesina condenó este lunes a Iván Mercado Reyes y su pareja Norma Elena Vega por la muerte de Diego Román, el niño de 12 años que fue asesinado en 2019 por una jauría de perros, que eran propiedad del matrimonio, en Recreo.
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Reyes recibió una pena de cuatro años de prisión efectiva, mientras que a Vega se le impusieron tres años de prisión condicional. Ambos fueron declarados culpables como coautores del delito de homicidio culposo.
Los fiscales a cargo de la investigación, Andrés Marchi y Ana Laura Gioria recordaron que la acusación contra los condenados fue por haber cometido el homicidio “con dolo eventual y, subsidiariamente, por homicidio culposo, que es la figura por la que optó el juez”.
En ese sentido, los funcionarios del MPA aseguraron que aguardarán los fundamentos del fallo “para evaluar la posibilidad de apelar la decisión”.
Dolo eventual
Marchi y Gioria especificaron que “el dolo eventual implica la comisión del delito por omisión de actos que podrían haberlo impedido”, y detallaron que “más allá de que nuestra teoría es que las conductas de Reyes y Vega fueron de ese tipo, propusimos la calificación alternativa en función de que se trata de una figura jurídica controvertida”.
Los fiscales destacaron que “hay precedentes de casos similares en los que los dueños de los animales fueron condenados por dolo eventual”, y mencionaron que “las penas que corresponden en esas situaciones son más graves que las proporcionales a los homicidios culposos, ocasionados por negligencia, imprudencia o impericia”.

Perros potencialmente peligrosos
El hecho fatal ocurrió a principios de julio de 2019 en un predio rural. Según los fiscales, “Reyes y Vega sabían que esos animales ya habían atacado a otras personas e incumplieron deliberadamente sus deberes de cuidado”.
Marchi y Gioria resaltaron que la víctima fue agredida por perros “de distintas razas”, entre las que había un rottweiler, definido como “raza peligrosa” por una ordenanza “que establece recaudos especiales para quienes poseen ese tipo de canes”.
Además, “los condenados tampoco implementaron medidas de cerramiento que les hubieran permitido tener a la jauría en un ámbito de vigilancia ni utilizaron bozales, cadenas, correas u otros elementos para garantizar que la seguridad de terceros”, explicaron.

Los fiscales remarcaron que “diversos testigos que declararon en el juicio dieron cuenta de que los condenados sabían que sus perros eran potencialmente peligrosos para las personas”. A su vez, los testimonios señalaron que al momento del ilícito “había un niño perdido en las inmediaciones del predio en el que estaba suelta la jauría”, según dijeron Gioria y Marchi.
Según afirmaron, los condenados “asumieron con indiferencia la probabilidad de que sus animales ataquen a la víctima”.

