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Santa Fe

YPF deberá hacer públicas las cláusulas con Chevrón

corte suprema

Así lo ordenó la Corte Suprema de Justicia de la Nación, haciendo lugar al pedido realizado por el senador santafesino Rubén Giustiniani en el año 2013. Los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda coincidieron en su voto positivo, pero la jueza Helena Highton de Nolasco votó en disidencia, acatando el dictamen de la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, el cual se pronunció por dar intervención a Chevron Corporation.

Volviendo un poco en el tiempo, recordemos que el pacto entre YPF y Chevrón para la explotación del yacimiento de Vaca Muerta (3er. reservorio mundial de petróleo y gas no convencional) era polémico por varios motivos. En primera instancia la utilización del fracking como medio de extracción dejaba muchas dudas, sobre todo teniendo en cuenta que la empresa nacional nunca hizo público el contrato firmado con la multinacional. Además, si tenemos en cuenta los estragos ambientales realizados por Chevrón en distintas partes del mundo, entendemos que el panorama no era el mejor.

Sin embargo, en las últimas horas la CSJN hizo lugar al pedido realizado por Giustiniani, quien había presentado una “acción de amparo por acceso a la información” mediante la cual “solicitó que se condene a YPF SA a entregar la “documentación que negó expresamente, requerida mediante una nota del 22 de agosto de 2013, y su reiteratoria del 6 de septiembre de 2013”.

En su momento, el pedido había sido rechazado para no “comprometer secretos industriales, técnicos y científicos, con el consecuente incumplimiento contractual”.

Ahora, amparándose en el derecho a la información (derecho humano fundamental), la Corte dispuso que: “el derecho de buscar y recibir información ha sido consagrado expresamente por la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre y por la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y que la Corte Interamericana ha dado un amplio contenido al derecho a la libertad de pensamiento y de expresión, a través de la descripción de sus dimensiones individual y social”.

Por último, YPF ya se comprometió a cumplir con el fallo. Para eso se tomará el plazo de 30 días que establece el decreto 1172 de 2003, aunque la Justicia podría resolver acortar ese término.

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