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Santa Fe

Promulgaron la ley que limita las medidas cautelares

El Poder
Ejecutivo
publicó en el Boletín Oficial la ley n° 26.854, norma que limita el
uso de medidas cautelares contra el Estado. De esta manera, el Gobierno
promulgó una de las leyes incluida en el paquete impulsado para “Democratizar la Justicia.”

Entre los
principales artículos de la ley se destaca:

ARTICULO 2° — Medidas cautelares dictadas por
Juez incompetente: La providencia cautelar dictada contra el Estado nacional y
sus entes descentralizados por un juez o tribunal incompetente, sólo tendrá
eficacia cuando se trate de sectores socialmente vulnerables acreditados en el
proceso, se encuentre comprometida la vida digna conforme la Convención Americana
de Derechos Humanos, la salud o un derecho de naturaleza alimentaria.

ARTICULO 3° — Idoneidad del objeto de la
pretensión cautelar.

1. Previa, simultáneamente o con posterioridad
a la interposición de la demanda se podrá solicitar la adopción de las medidas
cautelares que de acuerdo a las reglas establecidas en la presente resulten
idóneas para asegurar el objeto del proceso.

2. La pretensión cautelar indicará de manera
clara y precisa el perjuicio que se procura evitar; la actuación u omisión
estatal que lo produce; el derecho o interés jurídico que se pretende
garantizar; el tipo de medida que se pide; y el cumplimiento de los requisitos
que correspondan, en particular, a la medida requerida.

3. El juez o tribunal, para evitar perjuicios o
gravámenes innecesarios al interés público, podrá disponer una medida
precautoria distinta de la solicitada, o limitarla, teniendo en cuenta la
naturaleza del derecho que se intentare proteger y el perjuicio que se procura
evitar.

4. Las medidas cautelares no podrán coincidir
con el objeto de la demanda principal.

Accedé a la
ley N° 26.854 completa aquí. 

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