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Multa económica de Conmebol a Unión por los incidentes en el partido con Nacional

Se trata de cuatro multas que ascienden a los 43.000 dólares luego de los hechos en el partido de local por Sudamericana frente al elenco uruguayo. 

Sanción económica a Unión

Finalmente la Conmebol hizo oficial la multa económica para el Club Atlético Unión por los incidentes en el partido que se jugó en el 15 de Abril frente a Nacional de Uruguay por la Sudamericana.

La sanción llega luego de los incidentes que se registraron en el sector prensa. Recordemos que periodistas uruguayos denunciaron que fueron agredidos por plateítas del Tatengue. Desde el club emitieron un comunicado repudiando lo sucedido.

Leer más: El comunicado de Unión tras los incidentes en el sector de prensa del 15 de Abril

La Juez Única de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE

1º. IMPONER al CLUB ATLETICO UNIÓN, una multa de USD 25.000 (VEINTICINCO MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción a los artículos 10.1 literal d); 10.2 literal g) del Código
Disciplinario de la CONMEBOL. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por su Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

2º. IMPONER al CLUB ATLETICO UNIÓN una multa de USD 8.000 (OCHO MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 10.2 literal c) del Código Disciplinario de la
CONMEBOL. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por su Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

3º. IMPONER al CLUB ATLETICO UNIÓN una multa de USD 5.000 (CINCO MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 10.2 literal b) del Código Disciplinario de la
CONMEBOL. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por su Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

4º. IMPONER al CLUB ATLETICO UNIÓN una multa de USD 5.000 (CINCO MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 12.2 literal k) del Código Disciplinario de la
CONMEBOL. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por su Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

5º. NOTIFICAR al CLUB ATLETICO UNION.

Contra esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de 7 (siete) días corridos contados desde el día siguiente a la notificación de los fundamentos de esta decisión conforme al Artículo 67.2 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en el artículo 67.4 y siguientes del Código Disciplinario de la CONMEBOL. De conformidad con el Art. 67.5 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 3.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria.

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