El tribunal supremo rechazó dos demandas que argumentaban la inconstitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, por unanimidad, desestimó el pedido del gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, y el del abogado Jorge Rizzo contra el extenso DNU 70/23 de Javier Milei.
La provincia de La Rioja y el abogado Jorge Rizzo presentaron los dos pedidos. El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, determinó desestimar las solicitudes debido a la falta de una “causa”, “caso” o “controversia” dentro de la jurisdicción del Poder Judicial de la Nación, según lo establecido en el artículo 116 de la Constitución Nacional.
En relación al primer caso, la Corte decidió que: “La provincia de La Rioja no ha puesto a consideración del Tribunal una causa, asunto o caso contencioso cuya decisión corresponda a los tribunales de la Nación de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Constitución y 2° de la ley 27″.
En relación al segundo caso, el abogado presentó un recurso extraordinario, pero los jueces determinaron que “no refuta la conclusión central del pronunciamiento recurrido de que ni él personalmente, ni la asociación que preside, poseen un interés concreto o sustancial en la declaración de inconstitucionalidad del DNU”.
Asimismo, la Corte Suprema indicó que “el control encomendado a la justicia sobre las actividades ejecutiva y legislativa requiere que el requisito de la existencia de un ‘caso’ sea observado rigurosamente” para salvaguardar el principio de separación de poderes. En este contexto, los jueces concluyeron que no se identifica ningún caso específico en ninguno de los dos planteamientos contra el decreto.