La Corte de Santa Fe rechazó un recurso de la Provincia y frenó la llegada del caso previsional a la Corte Suprema nacional

El máximo tribunal provincial no concedió el recurso extraordinario presentado por el Estado santafesino para llevar el debate sobre la reforma previsional a la Corte Suprema de la Nación

Revés judicial para la Provincia

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó este viernes un recurso extraordinario presentado por la Provincia para intentar llevar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación el debate judicial sobre la ley de emergencia previsional.

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Con esta resolución, el máximo tribunal provincial cerró la vía recursiva impulsada por el Estado santafesino y ratificó el rechazo a la recusación planteada contra varios de sus integrantes, quienes continuarán interviniendo en la causa vinculada a la reforma jubilatoria.

De todos modos, la Provincia todavía cuenta con la posibilidad de presentar un recurso de queja directamente ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que ese tribunal evalúe la cuestión.

La decisión fue adoptada en la denominada causa “Paleari, María Delia y otros contra Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia”, expediente en el que se debate la constitucionalidad de la última reforma previsional, establecida mediante la Ley 14.283.

En ese marco, la Provincia había solicitado el apartamiento de los ministros Rafael Gutiérrez, Roberto Falistocco, Eduardo Spuler y Rubén Weder. Según sostuvo, dichos magistrados poseen un “interés directo y patrimonial” en el resultado del litigio, debido a que los topes en los haberes jubilatorios fijados por la reforma previsional impactarían sobre el cálculo de sus futuras jubilaciones.

Cuestionamientos a los ministros

En su presentación, los abogados de la Provincia afirmaron que existía una falta de imparcialidad porque los propios jueces cuestionados participaron de la decisión que rechazó su apartamiento. Según argumentaron, ello vulnera el principio de que “nadie puede ser juez en su propia causa”.

Aunque el rechazo de una recusación constituye una decisión procesal y no implica una resolución definitiva sobre el fondo del conflicto, la Provincia sostuvo que debía ser considerada equivalente a una sentencia final debido a que generaría un perjuicio irreparable para las garantías del debido proceso.

Asimismo, los representantes del Estado santafesino señalaron que la discusión involucra aspectos sensibles vinculados con la sustentabilidad y el financiamiento del sistema previsional provincial.

Los argumentos del fallo

Por mayoría, la Corte santafesina resolvió no habilitar la intervención de la Corte Suprema de la Nación y fundamentó su decisión en distintos aspectos, entre ellos el incumplimiento de requisitos formales exigidos por el reglamento del tribunal nacional.

En ese sentido, sostuvo que el rechazo de una recusación constituye una cuestión procesal que no reviste el carácter de sentencia definitiva, condición necesaria para habilitar la instancia extraordinaria federal.

Los ministros también consideraron que los agravios planteados por la Provincia reflejan discrepancias con el criterio adoptado por el tribunal y no configuran cuestiones federales suficientes para justificar la intervención de la Corte nacional.

La mayoría rechazó además la interpretación de que los magistrados actúen motivados por un “interés egoísta patrimonial” y recordó que la imparcialidad judicial se presume. Para respaldar esa posición, citaron un antecedente reciente de la Corte Suprema de la Nación, identificado como Consejo Interuniversitario Nacional, en el que se estableció que la pertenencia a un colectivo potencialmente alcanzado por una decisión no implica, por sí sola, pérdida de imparcialidad.

Por otra parte, señalaron que la Provincia conocía con anterioridad la situación previsional de los jueces cuestionados y había consentido su participación en resoluciones previas, por lo que entendieron que el planteo fue formulado de manera tardía.

Además, defendieron la aplicación de la cláusula mutatis mutandi para extender automáticamente los efectos de esta resolución a más de 150 causas similares, evitando así una eventual paralización del funcionamiento judicial.

La única disidencia fue la del ministro Daniel Baclini, quien se pronunció a favor de conceder el recurso extraordinario solicitado por la Provincia. Según sostuvo, la trascendencia institucional del caso, vinculada con el diseño y la sustentabilidad del sistema previsional santafesino, justificaba una excepción a las exigencias formales para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación pudiera resolver la controversia y garantizar plenamente la imparcialidad del proceso.

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