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La compra de dólares y las transferencias al exterior requerirán autorización del Banco Central

A través de un decreto de necesidad y urgencia, el gobierno dispuso que a partir de este lunes, se requerirá autorización previa para la compra de dólares y se obligará a las exportadoras a liquidar divisas.

Restricción cambiaria 

El gobierno dispuso a través de un decreto de necesidad y urgencia que a partir de este lunes, la compra de dólares y las transferencias al exterior requerirán autorización del Banco Central.

El decreto (609/2019) establece que el Banco Central deberá autorizar la compra de moneda extranjera y las transferencias al exterior en función de las condiciones vigentes en el mercado cambiario.

Leer más: ¿Qué se puede hacer con el dólar? las respuestas más comunes después del anuncio del gobierno

Desde el gobierno aclararon que nadie está limitado para extraer dólares de sus cuentas, ni personas físicas ni jurídicas. No hay ningún impedimento al comercio exterior ni restricciones sobre viajes.

Sin embargo, las personas físicas (individuos) podrán comprar como máximo de USD 10.000 por mes. Se requerirá conformidad previa a las compras que superen ese monto. Y podrán realizarse transferencias de fondos de cuentas al exterior hasta de USD 10.000 por persona por mes. No se restringe la extracción.

Las empresas e instituciones (personas jurídicas) no podrán comprar dólares para atesorar. Los exportadores, en tanto, tienen que vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de cinco días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para las commodities). Esto es hasta el 31 de diciembre de este año. No hay restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento.

El sistema bancario operará a partir de este lunes con un horario de atención al público extendido, hasta las 17 horas. Las entidades bancarias están habilitadas a este horario por un mes. La medida busca poner límites en el mercado de cambios para proteger a pequeños y medianos ahorristas

Por otro lado, los tenedores de algunos títulos de la deuda pública cuya fecha de vencimiento original se encuentre vencida, podrán darlos en pago para la cancelación de obligaciones de la seguridad social, vencidas y exigibles al 31 de julio de 2019. Entre ellas aportes y contribuciones del sistema previsional, servicios sociales y asignaciones familiares.

Los títulos de la deuda pública que se utilicen para esa cancelación de obligaciones se computarán a su valor técnico calculado a la fecha de su vencimiento original.

El DNU

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Fuente: Infobae

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