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Juicio por el crimen de Fernando Báez Sosa: Este lunes se conocerá el veredicto

Los magistrados darán a conocer la situación penal de los rugbiers imputados por el delito de "homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas".

Sentencia en el juicio por el crimen de Fernando Báez Sosa 

Este lunes 6 de febrero el Tribunal Oral en lo Criminal 1 de Dolores dará a conocer la sentencia del juicio a los ocho rugbiers acusados por el crimen de Fernando Báez Sosa durante la madrugada del 18 de enero de 2020, a la salida del boliche Le Brique de la localidad balnearia de Villa Gesell.

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El fallo de los jueces María Claudia Castro, Emiliano Lázzari y Christian Rabaia se conocerá a partir de las 13 y la lectura de la sentencia será transmitida a través del canal de YouTube de la Dirección de Prensa y Comunicación de la Suprema Corte de Justicia bonaerense, tal como ocurrió con los lineamiento de apertura, los alegatos y las palabras finales.

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De esta manera, los magistrados definirán la situación penal de Máximo Thomsen (23), Enzo Comelli (22), Matías Benicelli (23), Blas Cinalli (21), Ayrton Viollaz (23), y Luciano (21), Ciro (22) y Lucas Pertossi (23), que llegaron a juicio imputados por el delito de “homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas”.

Los jueces definirán a su vez, en esta instancia, el pedido de la fiscalía de que se inicie una causa por falso testimonio para Juan Pedro Guarino (imputado en el inicio de la causa y sobreseído en abril de 2021) y Tomás Colazo (quien nunca estuvo acusado, pero fue mencionado por el particular damnificado como “el sospechoso número 11”) por considerar que evidenciaron contradicciones al declarar en el debate.

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Tanto el ministerio público fiscal (en representación del estado) como el particular damnificado (el equipo de Fernando Burlando, que representa a la familia de la víctima), solicitaron la condena de prisión perpetua para los ocho acusados.

En tanto, la defensa que encara Hugo Tomei, pidió la absolución en principio para sus ocho defendidos. De no prosperar el pedido, sostuvo que lo ocurrido se debería enmarcar en un homicidio en riña (2 a 6 años); si no, en un homicidio preterintencional (o sea que no hubo intención de matar; de 3 a 6 años) y, en todo caso, en un homicidio simple (de 8 a 25 años, sin agravantes).

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