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Santa Fe

Imputaron a cinco personas por la muerte de Antonela Olmedo

Se trata del propietario de la empresa, una encargada de la firma, el dueño y administrador del local y un hombre y una mujer titulares del negocio lindero. El fiscal Andrés Marchi les atribuyó a todos el delito de estrago culposo agravado por poner en peligro y causar la muerte de personas.

antonella olmedo

Cinco personas fueron imputadas por la muerte de la joven Antonela Olmedo ocurrida el 13 de septiembre del año pasado a raíz de una explosión que se produjo en una panadería que funcionaba en un local ubicado en calle Juan José Paso al 2.900. El delito que les imputó el fiscal Andrés Marchi es estrago culposo agravado por poner en peligro y causar la muerte de personas.

Las audiencias en las que el fiscal atribuyó la calificación jurídico-penal se realizaron el miércoles y jueves de la semana pasada en la sede de la Unidad Fiscal La Capital. Marchi consideró que cada uno de los imputados (tres hombres y dos mujeres) tuvo responsabilidad en la muerte de la joven “por la imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión e inobservancia de los reglamentos u ordenanzas vigentes”.
Los imputados
Uno de los cinco imputados es el propietario y administrador del local en el que se produjo la explosión. Se trata de un hombre de 43 años cuyas iniciales son MW. “Como propietario había contratado el servicio de provisión de gas natural y entregó el local sin artefacto alguno conectado a la instalación y sin el correspondiente tapón de seguridad”, precisó Marchi. “Además, siguió figurando como titular del servicio de gas natural, por lo cual omitió la verificación periódica y la revisión de las instalaciones por un gasista matriculado; no informó a Litoral Gas de la fuga; y tampoco dispuso las medidas necesarias para evitar que continuase el uso irregular de las instalaciones”.

También fue imputado el titular de la panadería. Se trata de un hombre de 29 años cuyas iniciales son NFC quien, según el fiscal Marchi, “sabía que el local comercial que había alquilado tenía irregularidades en la instalación interna de gas. Sin embargo, no comunicó a Litoral Gas que se había hecho una modificación en la instalación original de un caño aéreo y tampoco informó que había una pérdida de gas”. El fiscal consideró que “también omitió hacer revisar la instalación interna, los artefactos, conductos de evacuación de gases y las ventilaciones permanentes por un gasista matriculado. Además, como titular del establecimiento comercial, omitió cumplimentar con los deberes de cuidado inherentes a garantizar las condiciones de higiene y seguridad en las que se debía desarrollar el trabajo en el local comercial”, precisó el fiscal.

Otra de las imputadas es una mujer de 30 años cuyas iniciales son NS, quien era la encargada de los locales de venta de la panadería y tenía a su cargo a los empleados. “En dos oportunidades en 2015, dos empleadas de la panadería que estaban bajo sus órdenes le habrían informado que había un fuerte olor a gas, e incluso una tercera empleada le habría comunicado que había un caño pintado de color blanco detrás de la heladera que no tenía tapón”, detalló Marchi. “Es decir, la encargada sabía que había una pérdida de gas; que no había artefacto conectado a la única boca que tenía el local y que tampoco había tapón de seguridad; y que había un caño de gas en cercanías de la instalación eléctrica. Sin embargo –agregó el fiscal– la mujer omitió requerir la presencia de un gasista matriculado; no informó de la fuga a la empresa Litoral Gas; y tampoco dispuso lo necesario para que se adopten las medidas de higiene y seguridad del trabajo”.

Los otros dos imputados son los titulares de un maxiquiosco ubicado en otro local cercano. Se trata de una mujer de 43 años cuyas iniciales son MFS, y de un hombre de 46 años cuyas iniciales son GAA. “Estas dos personas ocupaban el local número 3 que estaba separado por un machimbre con el local 2 que estaba vacío –inmediato contiguo–, y con el local 1 que ocupaba la panadería”, indicó Marchi. “Al mediodía del día de la explosión, GAA constató la existencia de un fuerte olor a gas que alcanzaba al exterior e interior del local comercial en el que estaba ubicado su quiosco”, agregó Marchi. “A pesar que conocían la probabilidad de que hubiera irregularidades en la instalación de gas de los otros dos locales, ambos omitieron hacer revisar la instalación interna, los artefactos, conductos de evacuación de gases y las ventilaciones por un gasista matriculado; y tampoco actuaron con diligencia para que los clientes que estaban en el quiosco abandonaran el lugar”, concluyó el fiscal.
Los hechos
Olmedo murió el martes 15 de septiembre a raíz de una falla multiorgánica producida por las quemaduras que sufrió en el 65 por ciento de su cuerpo. La explosión que le produjo las lesiones ocurrió entre las 19:30 y las 20:15 del domingo 13 de septiembre como consecuencia de una pérdida de gas natural –que habría sido informada en febrero y en mayo por otras empleadas a la encargada de la empresa– de una boca de alimentación sin artefacto conectado y sin tapón epoxi obturador de seguridad. El gas produjo la ignción al entrar en contacto con una chispa que se produjo cuando la joven fallecida desenchufó una lámpara eléctrica mata insectos.

La deflagración generó la caída del cielorraso, rotura de vidrios, desprendimiento de las puertas de ingreso a la panadería y a los dos locales contiguos, afectación de enseres y mercaderías y corrimiento de los muebles de su lugar.

Además del fallecimiento de Olmedo, otras seis personas que estaban en el quiosco ubicado en el local número 3 y en la vía pública sufrieron lesiones de distinta consideración.

 

Fuente: Prensa Ministerio Público de la Acusación

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