Ya se encuentra en vigencia y estima el cobro por única vez de una tasa de entre el 2 y el 3,5% a los patrimonios de las personas físicas que declararon más de $200 millones.
Se reglamentó el impuesto a la riqueza
El Gobierno Nacional ya reglamentó lo que es el impuesto a la riqueza y lo hizo a través del Decreto 2021/42 que se publicó en el Boletín Oficial. Se trata de la Ley 27.605 y establece la creación de un “Aporte Solidario y Extraordinario para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia”
Esta norma, que fue sancionada el 4 de diciembre pasado, se oficializó su entrada en vigencia el 18 de diciembre mediante la publicación del Decreto 1024/2020 en el Boletín Oficial, y que fue firmado por el presidente Alberto Fernández; Santiago Cafiero, jefe de Gabinete y el ministro de Economía, Martín Guzmán.
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Lo que establece esta Ley es el cobro por única vez de una tasa de entre el 2 y el 3,5 por ciento a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado más de 200 millones de pesos, que abarcará a 12 mil contribuyentes. El impuesto, que ahora entrará en vigencia, tuvo duras críticas desde diversos sectores que manejan grandes patrimonios. Empresarios, industriales, el campo y dirigentes opositores hicieron públicos sin cuestionamientos.
Solamente hay tres de doce países europeos que aplicaron el impuesto a la riqueza en las últimas décadas lo mantienen y en solo uno de ellos, Suiza, el tributo recauda una porción significativa (1,1%) del PBI.
Fuente: Infobae