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Santa Fe

El gobierno de Santa Fe anunció las nuevas medidas de convivencia

La ministra de Salud, Sonia Martorano; y el ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Juan Manuel Pusineri anunciaron las medidas que regirán a partir de este sábado 2 de octubre de 2021.

Nuevas medidas para Santa Fe 

Este viernes la ministra de Salud, Sonia Martorano; y el ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Juan Manuel Pusineri, anunciaron las nuevas medidas de convivencia frente a la pandemia de coronavirus, que regirán en todo el territorio provincial a partir de este sábado 2 de octubre de 2021 en todo el territorio provincial.

Gastronómicos, salones de fiestas y discotecas 

Entre las principales medidas se destaca la extensión de los horarios de actividades gastronómicas y generales por una hora más:  Los días viernes, sábados y vísperas de feriados, funcionarán entre las 6 horas y las 3 horas del día siguiente; mientras que de domingos a jueves lo harán entre las 6 horas y la 1 horas del día siguiente.

A su vez, se habilita el funcionamiento de discotecas y locales bailables, salones de fiestas para bailes o similares, cumplimentando la regla general de no excedencia de ocupación máxima del 70% del espacio habilitado al aire libre. Funcionarán solo los días viernes, sábados y vísperas de feriado, en el horario de 20 a 3 horas del día siguiente. Se permitirá el ingreso solo de personas que cuenten con al menos una dosis de vacuna, aplicada con una antelación mínima de 14 días corridos.

Uso de barbijo

Sobre el uso de barbijo, se detalla que “el uso de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón será obligatorio en espacios cerrados de ingreso público y al aire libre cuando se diera la concurrencia simultánea o la cercanía de personas ajenas al grupo conviviente“.

Comercios y kioscos 

La actividad del comercio mayorista y minorista de venta de mercaderías, con atención al público en los locales, se desarrollarán sin excederse del factor máximo de ocupación de las superficies y se podrán extender todos los días de la semana hasta las 21 horas.

Los kioscos y similares podrán permanecer abiertos hasta las 24 horas para la atención al público residente en su cercanía.

Restricción de circulación

En todo el territorio provincial, a partir de las 0 horas del 2 de octubre de 2021, queda restringida la circulación vehicular en la vía pública como a continuación se indica:

a) Los días sábados, domingos y feriados de 3 a 6 horas.

b) El resto de los días de la semana de 1 a 6 horas.

Quedan exceptuados de la restricción a la circulación vehicular dispuesta en el presente artículo la estrictamente necesaria para realizar actividades definidas como esenciales en la emergencia, comprensivas de las situaciones de fuerza mayor, y los desplazamientos desde y hacia los lugares de trabajo de los que desarrollan actividades habilitadas, incluidos los de los propietarios de los locales o establecimientos.

En los horarios establecidos de restricción de la circulación vehicular en la vía pública, quienes circulen en ocasión de concurrir a realizar o de haber realizado una actividad habilitada, deberán portar la documentación o constancia (reserva, ticket, factura, acreditación) demostrativa de esa circunstancia.

Decreto completo con las nuevas medidas 

 

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