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El gobierno Nacional publicó el reglamento operativo de la ley Yolanda

Se especifica la potestad de la Subsecretaría Interjurisdiccional e Interinstitucional como autoridad en la aplicación de la ley, además dispone la coordinación de la implementación de la norma y todo lo que eso conlleva.

Imagen ilustrativa

La ley Yolando toma forma

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible oficializó en el boletín oficial a través de la Disposición 12/2021 el Reglamento Operativo de Funcionamiento y de Aplicación de la Ley Yolanda, el mismo fue desarrollado por la Subsecretaría Interjurisdiccional e Interinstitucional del ministerio, siendo la secretaria designada como autoridad para la aplicación de la ley.

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La ley Yolanda (Ley n°27592) dicta que todas las personas que se desempeñen en la función pública deben recibir una capacitación integral en materia ambiental. Su nombre es un homenaje a la primera secretaria de Recursos Naturales y Ambiente Humano de Argentina, Yolanda Ortiz. La norma pone énfasis en el desarrollo sostenible y cambio climático.

Se especifica que se crea una coordinación para la implementación de la ley en el ámbito de la Subsecretaría mencionada, a cargo de Cristina Ruiz del Ferrier, a la vez que aprueba los lineamientos generales que orientarán las capacitaciones, diseñados de manera conjunta y en un proceso participativo de consulta entre el Ministerio de Ambiente, el Consejo Federal del Medio Ambiente (COFEMA), el Consejo Interuniversitario Nacional y 244 instituciones científico-académicas y organizaciones de la sociedad civil que participaron de la convocatoria abierta efectuada desde el 28 de abril al 28 de julio de 2021. Además, establece las funciones y responsabilidades para la implementación de la ley por parte de las autoridades de aplicación y la coordinación de implementación junto a las y los representantes designados por los distintos organismos del Estado nacional.

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Además, el reglamento sistematiza las formas de presentación, funcionamiento y validación de las capacitaciones a ser acreditadas en el marco de la ley Yolanda por los distintos organismos nacionales. En este sentido, se especifica el procedimiento para el envío de la documentación correspondiente a la autoridad de aplicación, la que es responsable de certificar la calidad de las capacitaciones que elabore e implemente cada organismo.

Cabe señalar que, a partir del día de la fecha, cada organismo del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial cuenta con noventa días para enviar a la autoridad de aplicación la propuesta de capacitación que desarrollará, conforme el artículo 8 de la ley y el punto 4.2.c del mencionado reglamento.

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Así, queda establecido un camino tendiente a que las y los funcionarios y las y los empleados públicos comprendan la importancia de considerar diversas dimensiones ambientales en el diseño, la planificación y la implementación de las políticas públicas para contribuir, desde la gestión estatal, en la construcción de una Argentina ambientalmente sostenible.

Se puede encontrar el texto completo de la Disposición 12/2021, aquí

Fuente: Gob Argentina

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