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Entró en vigencia la receta electrónica como única modalidad válida para la prescripción de medicamentos

Así lo dispuso el Ministerio de Salud de la Nación través de un decreto. Las recetas manuscritas continuarán vigentes para casos de excepcionalidad.

Rige la receta electrónica para la prescripción de medicamentos en todo el país

Este miércoles comenzó a regir la implementación de la receta electrónica en todo el país, por lo que la prescripción de medicamentos deberá realizarse únicamente a través de las plataformas inscriptas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS). Así lo estipuló el Ministerio de Salud de la Nación, mediante el Decreto 345/2024.

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A partir de la entrada en vigencia de esta modalidad, las recetas electrónicas contarán con la identificación del médico o profesional de la salud con nombre, matrícula, profesión, especialidad y domicilio; el código de barras; la identificación del paciente (nombre, obra social o prepaga, fecha de nacimiento, DNI y sexo); la descripción del medicamento recetado detallando nombre genérico o denominación común internacional, presentación, forma farmacéutica y cantidad de unidades.

También puede sumar el nombre comercial del medicamento que el profesional prescriptor sugiera, según precisaron desde la cartera que funciona bajo el mando del ministro Mario Lugones. Por último, diagnóstico; fecha de emisión y firma digital del profesional.

Las plataformas verificarán que los profesionales de salud estén inscriptos en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS) del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA) y almacenarán las recetas emitidas en repositorios virtuales que funcionarán como nexo con las farmacias permitiendo que éstas últimas puedan acceder a ellas para la dispensa de los medicamentos cuando el paciente los requiera.

A partir de ahora, las personas podrán acercarse a las farmacias con su DNI y/o credencial para requerir la medicación indicada por el profesional.

Los repositorios deberán cumplir con protocolos técnicos y administrativos que contemplen la alta disponibilidad y que garanticen el almacenamiento de las recetas durante el período establecido por la normativa.

Cabe destacar que la receta manuscrita permanecerá vigente, como condición de excepción, sólo en zonas de difícil acceso, sin conectividad o en caso de interrupciones eventuales del sistema. Asimismo, aquellas recetas emitas en papel antes del 31 de diciembre de este año podrán ser utilizadas dentro de su período de vigencia habitual.

(Fuente: NA)

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