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Santa Fe

El gobierno nacional prorrogó la emergencia agropecuaria por sequía

Dicha disposición otorga prorrogas en el vencimiento de los pagos y deducciones del impuesto a las ganancias. El gobierno de la provincia de Santa Fe declaró la emergencia en todo su territorio en noviembre.

Emergencia agropecuaria por sequías

La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación homologó este jueves la emergencia agropecuaria por sequía argumentada por nuestra provincia y que rige hasta el 31 de mayo del año que viene.

Los productores tienen tiempo de inscribirse hasta el 28 de febrero del 2023 para obtener los beneficios impositivos. Para ello será necesario presentar los formularios de declaraciones juradas en formato digital. Allí deben detallarse los daños, a través del Sistema Santafesino de Gestión de Situaciones de Emergencia Agropecuaria, a través de la web del gobierno provincial.

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Al aprobarse esta solicitud, los beneficios que percibirán los productores son:

– Prórroga del vencimiento del pago de los impuestos existentes o a crearse, que graven el patrimonio, los capitales, o las ganancias de las explotaciones afectadas, cuyos vencimientos se operen durante el período de vigencia del estado de emergencia agropecuaria o zona de desastre. Las prórrogas para el pago de los impuestos mencionados tendrán un plazo de vencimiento hasta el próximo ciclo productivo a aquel en que finalice tal período. No estarán sujetas a actualización de los valores nominales de la deuda.

– La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suspenderá hasta el próximo ciclo productivo después de finalizado el período de emergencia o desastre agropecuario, la iniciación de los juicios de ejecución fiscal para el cobro de los impuestos adeudados por los contribuyentes comprendidos en la presente ley.

Los juicios que estuvieran en trámite para el cobro de impuestos comprendidos por la franquicia deberán paralizarse hasta el vencimiento del plazo fijado en el párrafo anterior.

Por el mismo período quedará suspendido el curso de los términos procesales, de la prescripción y de la caducidad de instancia.

– Suspensión de hasta noventa (90) días y/o ciclo productivo después de finalizado el período de emergencia agropecuaria o zona de desastre de la iniciación de juicios y procedimientos administrativos por cobros de acreencias vencidas con anterioridad a la emergencia o desastre agropecuario.

Si realizó ventas forzosas de hacienda en los términos del inciso c) del art. 23 de la Ley 26,509, podrá deducir en el balance impositivo del impuesto a las ganancias, el cien por ciento (100%) de los beneficios derivados de las mismas.

Cabe destacar que el gobierno de Santa Fe declaró la emergencia agropecuaria en todo el territorio santafesino por la sequía a finales de noviembre. La misma ya estaba establecida en varios departamentos provinciales santafesinos. Por lo que la emergencia en Santa Fe será hasta el 31 de mayo del 2023.

 

Fuente: UNO Santa Fe
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