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DNU de Milei: Justicia aceptó la apelación del Gobierno pero la reforma laboral continúa suspendida

La Cámara Nacional del Trabajo otorgó la apelación del Gobierno Nacional contra su propio fallo y lo hizo con efecto "devolutivo", lo que significa que, mientras se espera lo que resuelva la Corte Suprema de Justicia, la reforma sigue suspendida.

DNU de Javier Milei: por el momento la reforma laboral permanecerá suspendida

Los jueces Carlos Posse y Alejandro Sudera determinaron que “el tema de la reforma laboral de gravedad institucional y amerita la intervención de la Corte Suprema de Justicia“. Sudera fue el magistrado que encabezó el voto de la primera cautelar que detuvo las reformas en material laboral. Las cautelares contra las reformas laborales fueron tres y determinaron la suspensión del capítulo IV del DNU de Javier Milei.

Los jueces podían haber concedido el recurso con efecto suspensivo entonces la cautelar se caía hasta tanto defina la Corte o bien con efecto devolutivo como finalmente hizo por lo que las reformas seguirán suspendidas hasta tanto resuelva el Alto Tribunal.

Existen razones de gravedad institucional que legitiman la intervención del Superior por encontrarse afectado el funcionamiento de las instituciones jurídicas y la eficacia de un medio técnico que permite al Poder Ejecutivo emitir mandas de carácter legislativo que tienen eficacia inmediata salvo que sean dejadas sin efecto por el Congreso de la Nación“, según la resolución de la Cámara.

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En cuanto al efecto devolutivo otorgado a la apelación, los jueces manifestaron que la propia Corte calificó a los trabajadores argentinos como un sector “socialmente vulnerable y la entidad accionante (la CGT) representa a un vasto sector de la clase activa y acciona en defensa de sus intereses“.

Además, resaltaron la importancia de “preservar el principio de eficacia de la jurisdicción y permitir la solución de un conflicto que tiene gravedad institucional y que debe ser resuelto pretorianamente para salvaguardar el orden y la paz social“, al tiempo que señalaron la necesidad de “mantener el principio de división de poderes en que se apoya nuestra Carta Magna evitando todo eventual abuso de poder“.

Ahora deberá intervenir la Corte Suprema de Justicia, aunque el Alto Tribunal ya se ha pronunciado en cuanto a que durante la feria cual de enero no analizarán el tema y sí recién cuando comience la actividad judicial en febrero. Previo a la resolución de la Corte, es probable que en febrero ya el procurador interino Eduardo Casal dictamine sobre la constitucionalidad o no del DNU, aunque el mismo no es vinculante con la decisión de la Corte.

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