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Convención Constituyente: se conforman las comisiones y arranca el desafío de completar la reforma en 60 días

Para cumplir con el ajustado cronograma, no se descarta la realización de reuniones y sesiones durante fines de semana e incluso feriados.

A contarreloj, así comienza el camino hacia la Reforma de la Constitución

La Convención Constituyente de Santa Fe encara este miércoles un día clave en su agenda con la integración definitiva de las siete comisiones que serán las encargadas de analizar los diversos aspectos de la reforma constitucional.

El presidente de la Convención, Felipe Michlig, confirmó que este segundo encuentro oficial se centrará en la conformación y armado de las comisiones, la planificación de las sesiones y la definición del esquema de funcionamiento que regirá el proceso de debate y discusión en el recinto. “Vamos a establecer la integración definitiva de las comisiones respectivas. A partir de ahí definiremos días, horarios y el funcionamiento de las mismas”, explicó.

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Actualmente, la Comisión de Labor Parlamentaria ya está funcionando plenamente. Es el órgano encargado de organizar y planificar cada sesión, así como de fijar los temas que se tratarán en cada encuentro.

Esta comisión estará integrada por las autoridades de los bloques y los miembros que decida el pleno de la Convención, y será presidida por el Presidente de la Convención.

Entre sus funciones principales se encuentran: preparar el Plan de Labor Parlamentaria, proyectar el orden del día, informarse sobre el estado de los asuntos en las otras comisiones, promover medidas prácticas para agilizar los debates y proponer iniciativas que conduzcan a un mejor funcionamiento del cuerpo.

Las restantes siete comisiones

Las comisiones que este miércoles se integrarán representan a los seis bloques parlamentarios y serán las responsables de abordar aspectos clave de la reforma:

Comisión de Peticiones, Poderes y Reglamento: Corresponde a esta Comisión el estudio y despacho de los asuntos vinculados con la interpretación, aplicación y eventual modificación del presente reglamento, la tramitación de toda petición o asunto particular que no esté específicamente destinado a otra Comisión y el estudio de la validez de las elecciones, derechos y títulos de los Convencionales.

Comisión Redactora: Corresponde a esta Comisión la recepción de los despachos de las demás Comisiones sobre las cuestiones de su competencia específica, los ajustes de redacción que no alteren el sentido y la elaboración del texto ordenado único y final de la reforma de la Constitución.

Comisión de Declaraciones, Derechos y Garantías: Compete a esta Comisión dictaminar sobre la reforma de los artículos 2, 3, 9, 11, 13, 17, 19, 20, 22, 29, 30, 109, 110, 111, 112 y 113 y sobre los siguientes temas habilitados para su incorporación: “derechos digitales”, “ciencia e innovación”, “protección del ambiente”, “derecho al agua”, “consumidores y usuarios”, “medidas de acción positiva”

Comisión de Poder Legislativo y Ejecutivo: Compete a esta Comisión dictaminar sobre la reforma de los artículos 32, 33, 34, 37, 38, 40, 51, 54 (5), 55, 56, 58, 61, 64, 72, 73 y 98, conforme al artículo 2 de la Ley N° 14.384. Tendrá atribuciones para expedirse sobre las cláusulas transitorias que considere pertinentes, según los artículos y temas asignados.

Comisión de Poder Judicial y otros órganos constitucionales: Compete a esta Comisión dictaminar sobre la reforma de los artículos: 84, 86, 88, 91 y 93; y sobre los siguientes temas habilitados: “Ministerio Público de la Acusación y Servicio Público de la Defensa” y “Defensoría del Pueblo”,

Comisión de Régimen Municipal, Derecho a la Ciudad y Ordenamiento Territorial: Compete a esta Comisión dictaminar sobre la reforma de los artículos: 106 y 107 y sobre el siguiente tema habilitado: “Derecho a la ciudad”, conforme al artículo 2 de la Ley N° 14.384.

Comisión de Funcionamiento del Estado y Participación Ciudadana: Compete a esta Comisión dictaminar sobre la reforma de los artículos 5, 18 y 21; y sobre los siguientes temas habilitados: “mecanismos de participación ciudadana y de democracia semidirecta”, “seguridad pública”, “servicios públicos”, “principios en materia de políticas públicas”, “reconocimiento de consejos y colegios profesionales”, “federalismo de concertación”, “cláusula democrática”, “causa Malvinas”.

La reforma constitucional de Santa Fe entra en cuenta regresiva: uno por uno, los 42 artículos que podrán modificarse

REGLAMENTO DE LA CONVENCIÓN REFORMADORA by SOL SANTA FE

 

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