La ley ómnibus propone implementar el divorcio exprés
Dentro de los cambios que presenta la ley ómnibus que Javier Milei envió al Congreso este miércoles, destaca, entre otras, la implementación de un “divorcio exprés”, que no necesitará la intervención judicial.
Leer más: Insólito: la ley ómnibus propone que los jueces utilicen “Toga negra y martillo”
En detalle, se trata del artículo 352 del proyecto, que añade el inciso “d” al artículo 435 del Código Civil y Comercial. El mismo indica como posibilidad para concretar un divorcio la “comunicación de la voluntad de disolver el vínculo presentada por los cónyuges en forma conjunta ante el órgano administrativo del último domicilio conyugal, la cual tendrá los mismos efectos que el divorcio”.
De esta manera, suma una opción más a las causales de la disolución del matrimonio actuales, que son las siguientes:
- muerte de uno de los cónyuges
- sentencia firme de ausencia con presunción de fallecimiento
- divorcio declarado judicialmente
Así, el trámite saldría de la esfera judicial y quedaría en el ámbito administrativo, lo que implicaría una reducción de los trámites necesarios para concretar un divorcio.

