aunque no brindaron mayores precisiones ya que la Municipalidad, una
de las partes involucradas, aún no fue debidamente notificada.
La resolución de primera instancia se fundamenta en que “el municipio no
realizó para el dictado de las normas los estudios previos e indispensables del
impacto arquitectónico y ambiental de las construcciones en un barrio como
Candioti”. Puntualmente, son aquellas normas del nuevo Reglamento de
Zonificación y sus modificaciones posteriores vinculadas con la habilitación de
construcciones en altura en los corredores viales del barrio.