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Santa Fe

Alcoholemia cero en la ciudad de Santa Fe

Este jueves se aprobó en el Concejo Municipal la Ordenanza de Alcoholemia 0 al volante. ¿Cuáles son las nuevas escalas de penalidades?

Imagen ilustrativa.

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Alcoholemia cero

El Concejo Municipal sancionó este jueves la Ordenanza de Alcoholemia 0 al volante. La norma comenzará a regir 180 días después de que el Poder Ejecutivo promulgue la ordenanza.

De esta manera, la iniciativa impulsada por Martínez Kerz “entiende que una persona se encuentra en estado de intoxicación alcohólica cuando la medición alcoholimetrica detecte la presencia de alcohol en sangre, cualquiera sea su concentración por litro”.

Sin embargo, “cuando la medición alcoholimétrica no supere las dos décimas de gramo por litro (0,2 gr/l) de sangre, no se aplicarán sanciones administrativas”.

Nueva escala de penalidades

Durante la sesión los ediles dispusieron una nueva escala de penalidades para la alcoholemia positiva:

A) El conductor de cualquier tipo de vehículos, motovehículos, ciclomotores o cuatriciclos autorizados para ser librados al tránsito público que circulare con una alcoholemia de 0,3 gr/l a 0.7 gr/l por litro de sangre, será sancionado con multa de 190 UF a 630 UF y/o inhabilitación de hasta 180 días.

B) El conductor de cualquier tipo de vehículos, motovehículos, ciclomotores o cuatriciclos autorizados para ser librados al tránsito público que circulare con una alcoholemia de entre 0.8 gr/l a 1.3 gr/l por litro de sangre, será sancionado con una multa de 630 a 1200 UF y/o inhabilitación de hasta 210 días.

C) El conductor de cualquier tipo de vehículos, motovehículos, ciclomotores o cuatriciclos autorizados para ser librados al tránsito público que circulare con una alcoholemia superior a 1.3 gr/l por litro de sangre, será sancionado con una multa de 1200 a 1900 UF y/o inhabilitación de hasta 240 días. Deberá realizar durante una semana los cursos de capacitación en educación vial que el Departamento de licencia de conducir estime conveniente.

D) Los funcionarios públicos, los conductores de vehículos destinados al transporte de pasajeros, de menores, de máquina especial y de carga con alcoholemia positiva, será sancionado con multa de 1700 a 2000 UF y/o inhabilitación de hasta 365 días. Deberá realizar durante una semana los cursos de capacitación de educación vial que el Departamento de licencia de conducir estime conveniente.

 

Actualmente, cada UF –Unidad Fija- tiene un valor $28,59.

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